El Fondo de Desarrollo Indígena, fue creado mediante Decreto Supremo N° 2493 del 26 de agosto de 2015 como una institución pública descentralizada con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como autonomía de gestión, administrativa, financiera, legal y técnica, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras. Tiene la finalidad de gestionar, financiar y fiscalizar programas y/o proyectos a ser ejecutados por los Gobiernos Autónomos Municipales GAM’s, Gobiernos Autónomos Indígena Originario Campesinos GAIOC’s y otras entidades del nivel central del Estado, en beneficio de las comunidades y pequeños productores, contribuyendo al desarrollo productivo de los Pueblos Indígena Originario Campesinos, Comunidades Campesinas, Interculturales y Afrobolivianas, con recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos – IDH. Mediante Decreto Supremo N° 3186 de 17 de mayo de 2017, se autoriza al Fondo de Desarrollo Indígena, transferir recursos para la ejecución de programas y/o proyectos: Productivos, Riego, Puentes, Maquinaria y Equipo para producción. Por otra parte, el Fondo de Desarrollo Indígena, de conformidad con el artículo 9 de la Ley N° 3791 de 28 de noviembre de 2007, transfiere el 30% de los recursos asignados a objeto de financiar las Prestaciones de la Renta Universal de Vejez y los Gastos Funerales; asimismo, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto Supremo N° 859 de 29 de abril de 2011, se financia con el 0,2% de los recursos el Fondo de Fomento a la Educación Cívico Patriótica y se destina el 15 % de los recursos asignados para el funcionamiento anual de las UNIBOL, según lo previsto en el artículo 18 del Decreto Supremo N° 29664 del 2 de agosto de 2008.

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