Permanencia transitoria por objeto determinado - turismo o visita Dirección General de Migración - DIGEMIG
Gob.bo
Dirigida a personas extranjeras que ingresan al territorio boliviano con el propósito de descanso o esparcimiento y que no ejerzan actividad remunerada o lucrativa. Debe tramitarse antes del vencimiento de la visa consular. Tiene una vigencia hasta de sesenta (60) días calendario, plazo adicional a los treinta (30) días otorgados en la visa de turismo o visita consular o la emitida por la Dirección General de Migración
Califica este trámite:
Si crees que este trámite necesita más información: Reportar aquí