Los requisitos señalados en el punteo numero uno y numero dos se acreditarán mediante certificado de
nacimiento.
Las personas solteras podrán ser solicitantes para adopciones nacionales o internacionales,
cumpliendo los requisitos establecidos en el Parágrafo I del presente Artículo, en lo que
corresponda.
En el caso de Adopción Nacional, a efectos de cumplimiento del inciso g), se requerirá el
Certificado de no tener antecedentes penales y el Certificado de No violencia – CENVI.
Estos documentos deberán ser otorgados por la autoridad competente del país de residencia, debiendo ser autenticados y traducidos al castellano mediante sus procedimientos legales, para su legalización por la representación diplomática del Estado Plurinacional de Bolivia