La Pensión de Invalidez, es una Prestación que otorga el Sistema Integral de Pensiones – SIP, a favor del Asegurado con Incapacidad Parcial o Incapacidad Total Definitiva a causa de accidente y/o enfermedad, proveniente de origen Común, Profesional o Laboral; y se paga hasta que cumpla los sesenta y cinco (65) años de edad o fallecimiento, si esto ocurriera antes.El plazo para iniciar el Trámite de Pensión de Invalidez es de máximo 3 años, contados desde la fecha en que ocurrió la invalidez.
¿Qué necesito?
DOCUMENTOS ASEGURADO:
Fotocopia Legible de Documento de Identidad, Vigente y portar el Original.
Certificado de Nacimiento, en Original o Fotocopia Legible.
Fotocopia Legible de AVC–04, parte de Ingreso o Carnet de Afiliación de su último Ente Gestor de Salud – EGS al que aportó en su vida Laboral Activa (Con dependencia laboral).
Información Médica que avale el estado de salud del Asegurado como ser: Certificado(s) Medico(s), Resumen Historia Clínica, Radiografías, Análisis u otros documentos médicos con los que cuenta el asegurado (al menos un documento médico para iniciar el trámite).
Documentación que certifique sobre las circunstancias en que ocurrió el accidente y/o enfermedad, según corresponda.
Adición de Documentos sí es:
MEDIANTE APODERADO:
Fotocopia Legible de Documento de Identidad del Apoderado Vigente y portar el Original.
Poder original o fotocopia legalizada, específico para Inicio, Seguimiento y Conclusión de Trámite de Pensión de Invalidez.
DOCUMENTOS DERECHOHABIENTES (CÓNYUGE):
Fotocopia Legible de Documento de Identidad (Vigente o Caduco).
Certificado de Nacimiento, en Original o Fotocopia Legible.
Certificado de Matrimonio, en Original o Fotocopia Legible, con vigencia de un (1) año a partir de su emisión; en caso de Convivencia, Testimonio Judicial de Convivencia en Fotocopia Legalizada.
DOCUMENTOS DERECHOHABIENTES(HIJOS/HIJAS):
Fotocopia Legible de Documento de Identidad (Vigente o Caduco).
Certificado de Nacimiento, en Original o Fotocopia.
DOCUMENTOS DERECHOHABIENTES(ADICIONAR EN CASO DE DERECHOHABIENTE INVALIDO):
Resolución de Invalidez emitida por el Ente Gestor de Salud – EGS o documentación Técnica médica que avale el estado Psicofísico del Derechohabiente.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
El Solicitante debe dirigirse con toda la documentación a plataforma de Atención al Cliente de la Gestora Publica de la Seguridad Social de Largo Plazo – Gestora, en la ciudad donde tenga residencia.
El personal de Atención al Cliente – ATC, verificará que los documentos presentados no tengan ninguna observación u diferencia de datos entre documentos, para su recepción e inicio de tramite si corresponde.
En caso de tener alguna diferencia de datos entre documentos (certificado de nacimiento, certificado matrimonio. Documentos de identidad, etc.), será informado al solicitante para su correspondiente corrección en la institución donde fue emitido el documento observado.
Si no cuenta con observaciones, se procederá al registro e inicio del Trámite de Pensión de Invalidez, y el registro de los documentos del asegurado y los derechohabientes que el solicitante quiera o desee declarar.
ACLARACIÓN:
Si el Solicitante no pudiera presentar toda la documentación de acreditación del Asegurado o de los Derechohabientes, deberá presentar al menos un documento de acreditación de cada uno de estos, en original o fotocopia legible.
Las Solicitudes recibidas en oficinas de la Gestora desde el día 1 hasta el día 15 del mes, el pago de su Devengamiento será a partir de ese mes.
Las Solicitudes recibidas en oficinas de la Gestora desde el día 16 hasta el día 30 del mes, el pago de se Devengamiento será a partir del siguiente mes.