Los Gastos Funerarios es un Beneficio que otorga el Sistema Integral de Pensiones – SIP, a favor de la persona que acredite, haber efectuado el pago de sepelio de un Asegurado fallecido menor de 60 años de edad que hubiera realizado aportes al SIP.Los Gastos Funerarios serán pagados en Bolivianos por una sola vez por un monto de Bs. 1,800.00 (Un Mil Ochocientos 00/100 Bolivianos). El Plazo máximo para solicitar el beneficio de Gastos Funerarios, dentro de los primeros 6 meses a partir de la fecha del fallecimiento del Asegurado, podrá solicitar el pago cualquier persona que acredite haber efectuado el pago del gasto funerario. Pasados los seis meses y hasta el mes 18 inclusive, podrá solicitar el pago los derechohabientes en orden de prelación excluyente: Cónyuge o Conviviente, hijos/hijas, padres y/o hermanos.

¿Qué necesito?

DOCUMENTOS PARA INICIO DE TRAMITE:
  • Fotocopia Legible de Documento de Identidad (Vigente o Caduco).
    • Certificado de Defunción, en Original o Fotocopia Legible.
      • Fotocopia Legible de Documento de Identidad de Solicitante (Vigente y portar el Original).
        DENTRO DE LOS PRIMEROS 6 MESES
        • Factura comercial original a nombre del solicitante (nombres y apellidos, como en su documento de identidad) y/o recibo original a nombre del solicitante (nombres y apellidos, como en su documento de identidad).
          • En caso de presentar RECIBO, se requiere adicionalmente dos (2) testigos con sus Documentos de Identidad (Vigente y portar el Original) para la suscripción de la Solicitud de Gastos Funerarios.
            PASADOS LOS 6 MESES HASTA LOS 18 MESES
            • Pueden iniciar el trámite de Gastos Funerarios los derechohabientes de Primer o Segundo Grado, Adicionando la siguiente Documentación.
              CUANDO LA SOLICITUD ES PRESENTADA POR CÓNYUGE O CONVIVIENTE:
              • Certificado de Matrimonio, en Original o Fotocopia, con vigencia de un (1) año a partir de su emisión; en caso de Convivencia, Testimonio Judicial de Convivencia en Fotocopia Legalizada.
                CUANDO LA SOLICITUD ES PRESENTADA POR HIJOS/HIJAS:
                • Certificado de Nacimiento del solicitante, en Original o Fotocopia.
                  CUANDO LA SOLICITUD ES PRESENTADA POR PADRE O MADRE, HERMANO O HERMANA:
                  • Certificado de Nacimiento del Asegurado Fallecido, en Original o Fotocopia.

                    ¿Cómo y dónde hago el trámite?

                    Direcciones donde se realiza este trámite

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                    Más información

                    Marco Legal:
                    Observaciones: La duración del trámite está en función a norma vigente y características de cada caso.
                    Última actualización de la Información: 27/04/2023 21:01

                    Costo del Trámite

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