La Empresa Estatal – EE es una empresa cuyo patrimonio pertenece al 100% (cien por ciento) al nivel central del Estado, creada posteriormente a la promulgación de la Ley N° 466 de la Empresa Pública o que adopta la tipología en cumplimiento de su mandato.
¿Qué necesito?
Formulario web de Solicitud de Inscripción con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el representante legal y con aprobación vía ciudadanía digital.
Al momento de llenar el formulario web de solicitud de inscripción, cargar en formato PDF la Resolución Suprema de designación de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Empresa o Testimonio de Poder del Representante Legal que contenga el acta de su nombramiento, o nombramiento emitido en caso de interinatos.
Al momento de llenar el formulario web de solicitud de inscripción, cargar en formato PDF el ejemplar de la Gaceta Oficial en la que se haya publicado la norma jurídica de creación o aprobación de creación de la empresa.
Estatutos de la empresa evaluados favorablemente por el COSEEP en el caso de las empresas que hayan adoptado la tipología o aprobados por Decreto Supremo en el caso de empresas creadas en el marco de la aplicación de la Ley N° 466.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Ingresar al portal de tramites.
Direcciones donde se realiza este trámite
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Dirección: Edificio Torre 2255.Mezzanine. Oficina 202 Avenida 6 de Agosto. Zona Sopocachi. Oficina Central La P
Horario de atención: Hora Inicio: 08:30 Hora Fin: 16:00
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Más información
Duración:
24 horas
Marco Legal:
La Empresa Estatal se encuentra regulada en la Ley de la Empresa Pública Nº 466 de fecha 26 de diciembre de 2013.
La Resolución Administrativa SEPREC N° 024/2022 de fecha 28 de marzo de 2022 emitida por el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio – SEPREC, regula el presente trámite.
En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 151 de La Ley N° 393 de Servicios Financieros de 21 de agosto de 2013, ningún comerciante, salvo autorización expresa de autoridad competente, podrá utilizar las denominaciones de: Banco de Desarrollo Productivo, Banco Público, Entidad Financiera Pública de Desarrollo, Banco de Desarrollo Privado, Banco Múltiple, Banco PyME, Cooperativa de Ahorro y Crédito, Entidad Financiera de Vivienda, Institución Financiera de Desarrollo, Entidad Financiera Comunal, Empresas de arrendamiento financiero, Empresas de factoraje, Almacenes generales de depósito, Cámaras de compensación y liquidación, Burós de información, Empresas transportadoras de material monetario y valores, Empresas administradoras de tarjetas electrónicas, Casas de Cambio y Empresas de servicios de pago móvil. Asimismo, la palabra «banco» en idioma castellano como primera palabra del nombre o razón social de una entidad financiera, está permitida únicamente para los bancos de desarrollo, el banco público, los bancos múltiples y bancos PyME.
Los demás términos, que no se encuentran enunciados, podrán ser utilizados por los comerciantes en su razón social, denominación o nombre comercial.
Observaciones:
Tomando en cuenta que el cómputo del plazo del trámite en línea será en días hábiles a partir del pago.
Última actualización de la Información:
09/08/2023 12:53
Costo del Trámite
Concepto de pago:
Publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio
Forma de pago:
CPT
N° Cuenta Bancaria (Banco Unión):
Monto:
192 BS
Concepto de pago:
Forma de pago:
CPT
N° Cuenta Bancaria (Banco Unión):
Monto:
584.50 BS
¿Qué necesito?
Formulario web de Solicitud de Inscripción con carácter de declaración jurada.
Cargar en formato PDF, la Resolución Suprema de designación de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Empresa o Testimonio de Poder del Representante Legal con firma digital de Notaría de Gobierno que contenga el acta de su nombramiento, o nombramiento emitido en caso de interinatos.
Cargar en formato PDF, el ejemplar de la Gaceta Oficial en la que se haya publicado la norma jurídica de creación o aprobación de creación de la empresa.
Cargar en formato PDF Estatutos de la empresa con firma digital de Notaría de Gobierno, evaluados favorablemente por el COSEEP en el caso de las empresas que hayan adoptado la tipología o aprobados por Decreto Supremo en el caso de empresas creadas en el marco de la aplicación de la Ley N° 466.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Ingresar al portal de tramites.
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Duración:
24 horas
Marco Legal:
La Empresa Estatal se encuentra regulada en la Ley de la Empresa Pública Nº 466 de fecha 26 de diciembre de 2013.
La Resolución Administrativa SEPREC N° 024/2022 de fecha 28 de marzo de 2022 emitida por el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio – SEPREC, regula el presente trámite.
En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 151 de La Ley N° 393 de Servicios Financieros de 21 de agosto de 2013, ningún comerciante, salvo autorización expresa de autoridad competente, podrá utilizar las denominaciones de: Banco de Desarrollo Productivo, Banco Público, Entidad Financiera Pública de Desarrollo, Banco de Desarrollo Privado, Banco Múltiple, Banco PyME, Cooperativa de Ahorro y Crédito, Entidad Financiera de Vivienda, Institución Financiera de Desarrollo, Entidad Financiera Comunal, Empresas de arrendamiento financiero, Empresas de factoraje, Almacenes generales de depósito, Cámaras de compensación y liquidación, Burós de información, Empresas transportadoras de material monetario y valores, Empresas administradoras de tarjetas electrónicas, Casas de Cambio y Empresas de servicios de pago móvil. Asimismo, la palabra «banco» en idioma castellano como primera palabra del nombre o razón social de una entidad financiera, está permitida únicamente para los bancos de desarrollo, el banco público, los bancos múltiples y bancos PyME.
Los demás términos, que no se encuentran enunciados, podrán ser utilizados por los comerciantes en su razón social, denominación o nombre comercial.
Costo del Trámite
Concepto de pago:
Publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio
Forma de pago:
CPT
N° Cuenta Bancaria (Banco Unión):
Monto:
192 BS
Concepto de pago:
Forma de pago:
CPT
N° Cuenta Bancaria (Banco Unión):
Monto:
584.50 BS
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