
Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas
Trámite Presencial
Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, a los miembros de los Tribunales de Honor previa emisión de Resolución Administrativa. La elección de los miembros de los Tribunales de Honor de las cooperativas de 1er. a 5to. grado, se realizará de acuerdo al Estatuto Orgánico de cada cooperativa (Artículo 7 de Decreto Supremo N° 1995).