
Póliza Para Préstamo De Emergencia - Servicio Activo
Corporación del Seguro Social Militar
Trámite Presencial
Documento obligatorio que garantiza el pago del saldo deudor en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado. Debe ser llenado por el titular del préstamo con datos personales y declaración médica jurada. Cualquier falsedad u omisión invalida la cobertura. COSSMIL figura como beneficiario a título oneroso, recibiendo el monto del préstamo pendiente en caso de siniestro.
Marco Legal
Se sustenta en el Decreto Ley N° 11901 (Ley de Seguridad Social Militar), que faculta a COSSMIL a administrar seguros y préstamos; el Decreto Ley N° 12760 (Código Civil), elevado a rango de ley por la Ley N° 1071, que regula contratos y obligaciones; y el Reglamento de Préstamos y Seguros de COSSMIL, aprobado mediante Resolución N° 109/2023, que norma la cobertura de desgravamen y los derechos del asegurado.
Categorías
Sitios de interés
Fecha Actualización
12/11/2025
Direcciones
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