
Registro de Obras Artísticas (Obras Musicales, Obras Dramáticas, Obras Coreográficas Pantomímicas, Pintura, Dibujo y otras)
Servicio Nacional De Propiedad Intelectual
Trámite Presencial
El registro de obras artísticas permite a los creadores proteger sus derechos sobre las obras musicales, escénicas, coreográficas, fotográficas, arquitectónicas, artesanías, pinturas, dibujos y otras expresiones similares.
Marco Legal
La Constitución Política del Estado, Decisión 351 de la Comunidad Andina (Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos), Ley N° 1322 - Ley de Derecho de Autor, Decreto Supremo N° 23907 - Reglamento de la Ley de Derecho de Autor, Reglamento Interno de la Dirección de Derecho de Autor y Derechos Conexos del (SENAPI).
Categorías
Sitios de interés
Palabras Clave
Obras musicales
Propiedad intelectual
Fecha Actualización
10/07/2025
Contacto
Línea de Contacto: 2184026
Línea de Soporte: 63195237
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