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REGISTRO DE RESCISIÓN O DESISTIMIENTO DEL IMPUESTO MUNICIPAL A LA TRANSFERENCIA – IMPUESTO MUNICIPAL A LA TRANSFERENCIA ONEROSA

Gobierno Autónomo Municipal de La Paz

Trámite Presencial

Es el procesamiento del acto jurídico mediante el cual los Sujetos Pasivos resuelven dejar sin efecto el último acto jurídico de transferencia onerosa que fuera registrado en el Padrón Municipal de Contribuyentes del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a efectos de la restitución de la titularidad del registro tributario conforme a derecho propietario y previo a cumplimiento de los requisitos documentarios; por lo que la Administración Tributaria Municipal una vez realizado el procesamiento y cuando corresponda emitirá la liquidación del Impuesto Municipal a la Transferencia (IMT) o el Impuesto Municipal a la Transferencia Onerosa (IMTO). NOTA.- El cobro de la rescisión o desistimiento, dependerá del tiempo transcurrido plazos establecidos por norma entre los actos administrativos)

Marco Legal
Ley Nro. 2492 “Código Tributario Boliviano” modificado por Ley Nro. 812. Ley Municipal Autonómica Nro. 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales. Decreto Municipal Nº1 Reglamento de Ley Municipal Autonómica Nro. 12/2011 Municipal de Creación de Impuestos Municipales. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro.02/2014 Reglamento del Padrón Municipal de Contribuyentes. Resolución Administrativa GAMLP/ATM Nro. 09/2014 Requisitos para el registro de Tramites tributarios. Código Civil Boliviano. Código de Procedimiento Civil Ley 439 Ley 482 Ley del Notariado Decreto Supremo No 24054.
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Palabras Clave
registro rescisión
rescició o desistimiento
impuesto a la transferencia
tansferencia onerosa
procesamiento
dejar sin efecto
acto jurídico
Fecha Actualización
04/08/2025

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