
REGISTRO DE TRANSFERENCIAS QUE NO PERTENECEN A DOMINIO TRIBUTARIO MUNICIPAL (TRANSFERENCIAS ESPECIALES)
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
Trámite Presencial
Una Transferencia especial, está referida a aquellas transmisiones de bienes inmuebles que no están obligadas al pago del IMT- IMTO; sin embargo se deben registrar en la base de datos de Padrón Municipal de Contribuyentes a efectos de identificar al nuevo titular del registro tributario. En observancia a la normativa tributaria vigente, se reconocen como Transferencias Especiales: 1) Declaratoria de Herederos (Aceptación de Herencia) 2) Anticipo de Legitima a Título Gratuito 3) División y Partición de Bienes Hereditarios 4) Lease Back 5) Usucapión 6) Reorganización de Empresas (a) Fusión, b) Escisión, c) Transformación) 7) Aporte de Capital 8) Donación o Cesión 9) Transferencias Onerosas que no pertenecen al Dominio Tributario Municipal 10) División y Partición de Bienes en Copropiedad 11) Transferencias Anteriores a la Gestión 1995.
Marco Legal
Ley Nro. 2492 “Código Tributario Boliviano” modificado por Ley Nro. 812. Ley Municipal Autonómica Nro. 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales. Decreto Municipal Nº1 Reglamento de Ley Municipal Autonómica Nro. 12/2011 Municipal de Creación de Impuestos Municipales. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro.02/2014 Reglamento del Padrón Municipal de Contribuyentes. Resolución Administrativa GAMLP/ATM Nro. 09/2014 Requisitos para el registro de Tramites tributarios. Código Civil Boliviano. Código de Procedimiento Civil Ley 439 Ley 482 Ley del Notariado Decreto Supremo No 24054 Ley Nro. 913 de lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas de 23 de marzo de 2017.
Categorías
Palabras Clave
Fecha Actualización
04/08/2025
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