RETIROS MÍNIMOS: Son los pagos mensuales que se realizan al Asegurado o Derechohabiente que no cumplen con los requisitos para acceder a una Prestación en el Sistema Integral de Pensiones – SIP, con los recursos del Saldo Acumulado en la Cuenta Personal Previsional, hasta que esta se agote.Los Retiros Mínimos están sujetos a descuentos para el Ente Gestor de Salud, por lo que el Asegurado o Derechohabiente goza de los servicios de la Seguridad Social de Corto Plazo mientras se realiza el pago. RETIRO FINAL: Es la devolución total del Saldo Acumulado en la Cuenta Personal Previsional del Asegurado, en un solo pago
Marco Legal
Ley 065 de Pensiones del 10 de diciembre de 2010 Decreto Supremo N° 822 del 16 de marzo de 2011 Resolución Administrativa APS/DJ/DP/N° 467/2019 del 20 de marzo de 2019
Categorías
Sitios de interés
Fecha Actualización
09/07/2025
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