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Licencia para la Prestación del Servicio Público Ferroviario

Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes

Trámite Presencial

Es el acto administrativo por el cual la Autoridad Regulatoria a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia otorga a una persona jurídica pública y/o privada, nacional o extranjera, la facultad para prestar Servicios Públicos de Transporte Ferroviario de Pasajeros y/o Carga, por un periodo establecido.

Marco Legal
• Ley No. 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. • Decreto Supremo N° 23215 de 22 de julio de 1992. • Ley No. 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo. • Decreto Supremo No. 0071 de 09 de abril de 2009. • Ley No. 165 de 16 de agosto de 2011, General de Transporte.
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Fecha Actualización
18/09/2025

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